
14 de julio.- El gobierno del presidente Rodrigo Paz determinó en reunión de gabinete que las instituciones del Órgano Ejecutivo dejarán de hacer retenciones de aportes a las organizaciones sindicales y estableció solo cinco conceptos para la aplicación de descuentos en los salarios de los funcionarios públicos.
El proyecto de decreto supremo fue presentado por el ministro de Trabajo, William Bascopé, y fue aprobado en la reunión de gabinete de este lunes. Ya el gobierno, en anteriores oportunidades, había anticipado su rechazo a que la Administración Pública actué como agente de retención de los aportes sindicales. En este sentido, señala que el salario es un bien inembargable. De hecho, el viceministro Julio Linares infirmó a principios de años que los sindicatos reciben 18.7 millones de bolivianos cada año por concepto de aportes.
“Que es necesario proteger los sueldos, salarios y rentas de las y los servidores públicos y jubilados normando la aplicación de descuentos, contribuciones y/o retenciones por planilla en las entidades e instituciones públicas del nivel central del Estado, liberando recursos, evitando descuentos discrecionales y promoviendo que sean efectivamente destinados a la subsistencia y bienestar de las familias”, dice una de las consideraciones del decreto 5654.
En ese sentido, establece que los únicos descuentos reconocidos por el gobierno son los siguientes:
1. Seguridad Social de Largo Plazo referidos a descuentos y/o contribuciones establecidas en la Ley N° 065, de 10 de diciembre de 2010, de Pensiones y sus reglamentos;
2. Faltas, atrasos y sanciones administrativas;
3. Régimen Complementario del Impuesto al Valor Agregado – RC-IVA;
4. Retenciones judiciales por asistencia familiar;
5. Recuperaciones en favor del Estado por cobros indebidos.
En el caso de los trabajadores jubilados, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto – SENASIR, aplicará descuentos por planilla en las rentas de jubilados del Sistema de Reparto, según corresponda, únicamente por los siguientes conceptos:
1. Seguridad Social de Corto Plazo;
2. Retenciones judiciales por asistencia familiar;
3. Recuperaciones en favor del Estado por cobros indebidos;
4. Descuentos en el marco de convenios con entidades públicas del nivel central del Estado.
En ese contexto, el mencionado decreto establece la derogatoria 0106, de 1 de mayo de 2009, entre otros, en los que se dispone que el Ejecutivo puede retener aportes de los trabajadores a las organizaciones sindicales.
El decreto 0106 definía “el descuento del uno por ciento (1%) sobre los haberes básicos mensuales, a todo el personal que pertenece a la Carrera Docente del Magisterio Nacional, por seis (6) meses en el Magisterio Rural y por doce (12) meses en el Magisterio Urbano, durante cada año a partir de la gestión 2010”, y que esos montos sean entregado a la Confederación de Trabajadores de Educación Urbana de Bolivia – CTEUB y la Confederación Nacional de Maestros de Educación Rural de Bolivia – CONMERB, según corresponda.
Fuente: Urgente.bo
