NUEVO DECRETO AUTORIZA CINCO DESCUENTOS POR PLANILLA HASTA DICIEMBRE

28 de agosto.- El Ejecutivo aprobó el Decreto Supremo 5684 que autoriza a las entidades e instituciones públicas del nivel central del Estado a aplicar “de manera excepcional, temporal e improrrogable” cinco descuentos, contribuciones y/o retenciones por planilla hasta diciembre de este año.

La autorización es para los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre.

En julio, el Gobierno emitió el Decreto Supremo 5654 que autorizaba los descuentos por planilla en instituciones públicas por cinco causales: descuentos establecidos por ley, las órdenes judiciales, las obligaciones tributarias o de seguridad social previstas en la normativa, los aportes legalmente obligatorios y las retenciones autorizadas de manera expresa por el trabajador en los casos permitidos por la legislación.

La nueva norma aclara que en el caso de los descuentos por concepto de cobro para pulperías, aportes y contribuciones destinados a mutualidades y otros destinatarios, se realizaban con base en relaciones jurídicas preexistentes, cuya recaudación se encontraba autorizada mediante descuentos por planilla.

“Con la finalidad de evitar afectaciones derivadas de la interrupción inmediata de dichos descuentos y permitir que los destinatarios adecúen sus sistemas de recaudación a las disposiciones vigentes, resulta necesario autorizar excepcional y temporalmente la aplicación de descuentos, contribuciones y/o retenciones por planilla en los sueldos, salarios o rentas por parte de las entidades e instituciones públicas del nivel central del Estado”, indica la norma.

Según el decreto, publicada en la Gaceta Oficial, se autorizan descuentos para:

-Mutualidades.
-Ayuda Social con Retorno.
-Bono de Cesantía.
-Cuota Mortuoria.
-Cobro de acreencias para pulperías.

Autorización
Asimismo, la norma indica que los descuentos deberán mantener los mismos términos, condiciones, porcentajes, montos, beneficiarios y demás características que tenían antes de la entrada en vigencia del Decreto Supremo 5654, del 13 de julio de 2026.

Además, autoriza “de manera excepcional, temporal e improrrogable, al Servicio Nacional del Sistema de Reparto – Senasir, a aplicar descuentos en las rentas de los jubilados del Sistema de Reparto, correspondientes a las planillas de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2026, exclusivamente con destino a ayuda social”.

El decreto señala también que no podrán incorporarse nuevos beneficiarios, otorgarse nuevas autorizaciones ni modificarse, incrementarse o ampliarse los descuentos que ya estaban vigentes.

La autorización tiene carácter transitorio y durante este periodo “los destinatarios de los descuentos deberán implementar mecanismos propios de recaudación directa”.

Fuente: La Razón

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