¿QUÉ DICE EL DECRETO QUE CONGELA EL PRECIO DE LOS COMBUSTIBLES HASTA ENERO?

10 de julio.- El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 5652 que mantiene congelados los precios de los combustibles hasta enero del próximo año, “con la finalidad de precautelar la economía de las y los bolivianos y dar continuidad a la política de estabilización de los precios de los productos derivados del petróleo”.

La norma indica que el decreto tiene por objeto realizar modificaciones e incorporaciones al «Reglamento de Precios de los Productos Derivados del Petróleo» y al «Reglamento sobre el Régimen de Precios del Gas Natural Vehicular (GNV)».

Además, amplía por seis meses la vigencia de los precios de la gasolina, el diésel, el gas natural vehicular (GNV) y otros combustibles, mientras el Gobierno impulsa una reestructuración del sector energético.

Según el vocero de Presidencia, José Luis Gálvez, la norma apunta a preservar la estabilidad de los precios en un contexto marcado por la aplicación del tipo de cambio flexible y la volatilidad del mercado internacional del petróleo.

Fórmula
La norma establece que se mantienen vigentes los precios fijados mediante el Decreto Supremo 5516, entre ellos Bs 6,96 por litro para la gasolina especial, Bs 9,80 por litro para el diésel y Bs 2,73 por metro cúbico para el Gas Natural Vehicular (GNV).

A partir de enero, el precio en bolivianos de la gasolina, diésel y otros derivados del petróleo, saldrá a partir de multiplicar el valor de compra en dólares del carburante, por el tipo de cambio promedio del último mes, por el factor de ajuste.

El artículo 2 del decreto dice: “Determinación de los precios en moneda nacional: Para fines del presente reglamento se aplicará la siguiente fórmula: Precios en bolivianos = Precio en dólares *Promedio mensual del tipo de cambio oficial del mes anterior * Factor de Ajuste»

El “factor de ajuste” es la clave de esta ecuación. Se establece de dividir 10,4003 entre el tipo de cambio promedio del último mes.

Eso quiere decir que el Gobierno subvencionará parte del precio del combustible cuando el dólar oficial supere la barrera de los Bs 10,40.

La medida representa un cambio sustancial con el decreto que modificó el precio de los combustibles en enero de este año. El Decreto Supremo 5516 se emitió en un contexto de tipo de cambio fijo; sin embargo, al abandonar Bolivia ese régimen cambiario, los precios de los productos se deben ajustar al dólar flexible.

El decreto también autoriza al Tesoro General de la Nación (TGN) a asignar recursos a favor de YPFB para cubrir el diferencial entre el costo de importación de los combustibles y el precio de venta en el mercado interno.

Fondos
Para este fin, la norma prevé una asignación inicial de hasta Bs 1.000 millones, monto que podrá modificarse de acuerdo con la disponibilidad financiera y previa evaluación del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y del Ministerio de Hidrocarburos y Energías.

Además, dispone que el ente regulador publique mensualmente la estructura del precio del GNV tomando como referencia el promedio del tipo de cambio oficial del mes anterior publicado por el Banco Central de Bolivia (BCB).

También establece un plazo de 15 días hábiles para que el Ministerio de Hidrocarburos y Energías reglamente el procedimiento de certificación relacionado con la asignación de estos recursos.

Fuente: La Razón

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