NUEVA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN CREA UN ÓRGANO GARANTE Y PONE 11 LÍMITES

3 de julio.- El pleno de la Cámara de Senadores aprobó este jueves el proyecto de ley “Acceso a la Información Pública” que establece la creación de un Órgano Garante que garantizará el acceso a la información; aunque también dicta 11 limitaciones para el suministro de datos. El documento pasó a la Cámara de Diputados para su revisión.

“El Órgano Garante de Acceso a la Información Pública deberá ser constituido e instalado en un plazo máximo de 90 días hábiles contados desde la vigencia de la presente ley”, señala la quinta incorporación transitoria y añade en seguida que el Estado debe garantizar la independencia de esta organización y le garantizará presupuesto propio y suficiente, sin subordinación ni instrucciones externas.

En cuanto a las limitaciones, el texto del proyecto explica que las instituciones que tengan restricciones deben hacer conocer eso antes que se realice una petición. Asimismo, no podrán invocar restricciones cuando se trate de violación de derechos humanos o corrupción de funcionarios públicos.

“El derecho de acceso a la información podrá ser limitado o restringido únicamente cuando la misma sea clasificada como reservada, secreta o confidencial, en los casos establecidos en la presente ley o normativa legal expresa de cada entidad o institución pública”, señala el artículo 12 del proyecto aprobado en el Senado.

No se entregará información cuando la misma sea expresamente clasificada; que ponga en peligro el sistema financiero; los secretos industriales, comerciales, financieros, científicos, técnicos o tecnológicos; cuando comprometa derechos o intereses de un tercero; información en poder de la UIF; supervisión de instituciones financieras o preparada por terceros; información de los asesores jurídicos o abogados de la administración pública.

El inciso ‘h’ del proyecto establece que rige la restricción para la “información protegida por secreto profesional”, en la que se ubican los periodistas y medios de comunicación, entre otros.

También se restringe la información que contenga datos personales; expedientes judiciales; información obtenida en investigaciones realizadas por sujetos obligados, como la Policía.

Fuente: El Deber

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