#conflictos EL PRESIDENTE PAZ VUELVE A CONVOCAR AL DIÁLOGO PARA ESTA TARDE, “EL TIEMPO SE ACABA”, DIJO

La Paz, 27 de mayo, 2026.- El presidente #rodrigopaz espera, esta tarde, a los dirigentes indigenas y sindicales para dialogar y buscar soluciones a las demandas sociales que movilizan al país desde hace casi un mes. “Tengo mecanismos constitucionales, el tiempo se acaba”, también dijo en la instalación del Consejo Económico y Social.

Paz volvió a convocar al diálogo a la Federación de campesinos Tupak Katari y a la Central Obrera Boliviana (COB), que lideran los bloqueos y marchas en La Paz y otras regiones.

“Yo tengo instrumentos constitucionales, el tiempo se acaba, el tiempo se acaba, el tiempo se acaba. Hoy día aquí convocamos al diálogo, los espero esta tarde compañeros (campesinos de) Tupac Katari, vengan con todas sus organizaciones, (…) tenemos todo el pliego. Compañeros de la Central Obrera vengan, todo el pliego está con respuesta, no puedo resolver todo, pero tengo que dar respuesta dijo.

Hoy se inauguró el Consejo Económico y Social, como un mecanismo de diálogo para buscar acuerdos entre el Gobierno y los sectores movilizados. El acto se cumplió en el campo ferial Chuquiago Marka, de La Paz, donde también se espera el acercamiento esta tarde.

Mientras de inauguraba el Consejo, en el centro paceño, se cumplieron marchas de protesta y se mantienen las de 60 puntos de bloqueo en el país.

¿ESTADO DE EXCEPCIÓN?

El presidente del Estado, Rodrigo Paz Pereira, cerca de la medianoche de este martes firmó la ley 1732 que determina la abrogación de la Ley N° 1341 de 23 de julio de 2020, de Estados de Excepción y en los primeros minutos de este 27 de mayo la Gaceta Oficial de Bolivia la publicó, lo que significa que está promulgada y entra en vigencia.

“ARTÍCULO ÚNICO. Se abroga la Ley N° 1341 de 23 de julio de 2020, de Estados de Excepción. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia”, señala el documento promulgado este miércoles.

De esta manera, el único marco legal que tiene vigencia es el señalado por la Constitución Política del Estado para la dictación de un estado de excepción.

La declaración de un estado de excepción es una facultad presidencial regulada por los artículos 137, 138, 139, 140, 161 y 172 (16)(26) de la ley de leyes. El jefe de Estado, para “preservar la seguridad y la defensa del Estado”, puede asumir esa decisión, que debe, inexcusablemente, recibir la aprobación del Legislativo, antes de su vigencia, en un plazo de 72 horas.

✍🏼  Elizabeth Riva A.