La Paz, 25 de septiembre, 2025.- El Presidente en Ejercicio del Estado Plurinacional de Bolivia, David Choquehuanca, en pasadas horas, promulgó la Ley N° 1639, que modifica de forma sustancial la Ley N° 603, «Código de las Familias y del Proceso Familiar», prohibiendo de manera expresa los matrimonios y uniones libres con niñas, niños y adolescentes menores de 18 años.
La nueva norma establece que solo las personas que hayan alcanzado la mayoría de edad pueden contraer matrimonio o constituir una unión libre, eliminando la posibilidad de hacerlo desde los 16 años con autorización judicial o paterna, como permitía la legislación anterior.
De igual forma, se modifica el Artículo 170, estableciendo que el matrimonio o unión libre con personas menores de edad es nulo de pleno derecho y no puede convalidarse bajo ninguna circunstancia, cerrando así cualquier vía legal para validar uniones tempranas.
La Ley instruye al Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, en coordinación con las Entidades Territoriales Autónomas, la elaboración de un plan nacional de difusión para informar a la población sobre esta prohibición.
Los matrimonios o uniones libres celebrados con anterioridad a la vigencia de esta Ley serán considerados válidos, siempre que no exista causal de nulidad conforme al Código de las Familias vigente.
Esta reforma ha sido ampliamente respaldada por organizaciones sociales, defensoras de derechos humanos y organismos internacionales, que la consideran un paso decisivo en la lucha contra la violencia infantil y en la protección integral de la niñez boliviana.
Con la promulgación de la Ley N° 1639, el Estado Plurinacional de Bolivia reafirma su compromiso con el respeto a los derechos de niñas, niños y adolescentes, consolidando un marco normativo que protege su integridad, desarrollo y dignidad.
Fuente: Vicepresidencia del
Estado