Cochabamba, 4 de septiembre de 2024.- La Sala Constitucional III concedió tutela a la acción de amparo constitucional interpuesta contra las Resoluciones Rectorales Nro. 783 y 784/2024, que de manera arbitraria creaban un Comité Electoral Universitario, contraviniendo lo establecido en el Estatuto Orgánico de la UMSS, que dispone la conformación de Comités Electorales Facultativos.
Según la demanda interpuesta por URUS, estas resoluciones «vulneraban los derechos de los docentes y estudiantes a participar en elecciones democráticas auténticas, así como el derecho al debido proceso, la debida fundamentación, la legalidad y la seguridad jurídica».
Tras el fallo URUS publicó un comunicado en el que señala que :»la resolución reafirma una vez más que URUS tiene razón: es momento de dejar de perjudicar a la UMSS por intereses de grupos de poder, y devolver la democracia, el cogobierno y la autonomía a las facultades.
Las facultades deben recuperar su independencia para formar sus propios comités electorales, validar sus convocatorias mediante asambleas docentes estudiantiles, y finalmente al Rector lo único que queda es refrendar mediante resoluciones rectorales el resultado lo acordado por las asambleas facultativas, conforme a los artículos 6 y 51 del Estatuto Orgánico de la UMSS», señala el pronunciamiento.https://www.facebook.com/share/p/sum3co5F61RRZybR/?mibextid=qi2Omg